lunes, marzo 03, 2008

DEBIDO PROCESO./ CONGRUENCIA DE LA SENTENCIA.


Estimados Clientes y Amigos:
El Honorable Consejo de Estado, en SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, SECCION CUARTA, mediante Sentencia de fecha 21 de Noviembre de 2007, con ponencia de la Consejeera: MARIA INÉS ORTIZ BARBOSA, ha dicho:

DEBIDO PROCESO./ CONGRUENCIA DE LA SENTENCIA./ "...El principio de congruencia de la sentencia, exige de una parte, que exista armonía entre la parte motiva y la parte resolutiva de la misma, lo que se denomina congruencia interna, y de otra, que la decisión que ella contenga, sea concordante con lo pedido por las partes tanto en la demanda, como en el escrito de oposición, denominada congruencia externa..."
Si se desea el texto completo de esta providencia, les agradezco solicitarlo al correo electrónico de VARGAS PUCHE ASESOSORES ASOCIADOS: aevp@telecom.com.co
Cordial Saludo,
ALICIA ESTHER VARGAS PUCHE
VARGAS PUCHE ASESORES ASOCIADOS