viernes, enero 12, 2007

NO ES OBLIGACIÓN AFILIAR A LAS EMPLEADAS DE SERVICIO DOMÉSTICO AL SENA Y A LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN FAMILIAR.


Estimados Amigos y Clientes:
El MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL, mediant el Concepto 7846, de fecha 23 de Noviembre de 2006, ASUNTO: Rad. No. 205974 Aportes parafiscales – servicio doméstico, ha dicho:

NO ES OBLIGACIÓN AFILIAR A LAS EMPLEADAS DE SERVICIO DOMÉSTICO AL SENA Y A LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN FAMILIAR. La familia no es una unidad de explotación económica que implique el cumplimiento de determinadas actividades por parte de sus miembros, y las labores que cumple el servicio doméstico en el hogar no es la que desempeña ordinariamente el empleador, ante lo cual, para los efectos de estas normas, no se entendería como trabajadores permanentes y por ende no estarían obligados a pagar el subsidio familiar y aportes al SENA.
Si se desea el texto completo de este Concepto Jurídico, les agradecemos solicitarlo a nuestro Correo: aevp@telecom.com.co, indicando el título de la misma.

Cordial Saludo,

ALICIA ESTHER VARGAS PUCHE
VARGAS PUCHE ASESORES ASOCIADOS

0 Comentarios:

Publicar un comentario

Suscribirse a Comentarios de la entrada [Atom]

<< Página Principal