jueves, septiembre 14, 2006

CONSULTAS A LA DIAN


D I A R I O O F I C I A L 4 6 3 8 2 D E 2 0 0 6

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES – DIAN

RESOLUCION NUMERO 010154

(Agosto 30 de 2006)

Por la cual se delegan unas facultades.


El Jefe de la División de Normativa y Doctrina Tributaria de la Oficina Jurídica de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en uso de las facultades legales y especialmente de las conferidas en el numeral 7 del artículo 11 del Decreto 1265 de 1999 y el artículo 10 de la Resolución 1618 de 2006,


CONSIDERANDO:

Que el artículo 10 de la Resolución 1618 de 2006, establece en su numeral 2 que es función de la División de Normativa y Doctrina Tributaria: Absolver en forma general, las consultas que se formulen en relación con la interpretación y aplicación de las normas tributarias nacionales, en lo de competencia de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales;
Que mediante Oficio número 500000-0968 del 14 de mayo de 2003, el Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales en cumplimiento de lo previsto en el inciso 2° del artículo 40 del Decreto 1071 de 1999 autorizó delegar la función señalada en el considerando anterior.
Conforme con lo expuesto, el Jefe de la División de Normativa y Doctrina Tributaria de la Oficina Jurídica,


RESUELVE:

Artículo 1°. Delegar al funcionario Camilo Villarreal Guerra, identificado con la cédula de ciudadanía número 17176913, Asesor 50-33 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, ubicado en la División de Normativa y Doctrina Tributaria, la facultad de absolver y firmar las consultas escritas formuladas por funcionarios y particulares en relación con la interpretación y aplicación general de las normas tributarias de carácter nacional. (Las negrillas de VARGAS PUCHE ASESORES ASOCIADOS)

Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.


Publíquese y cúmplase.


30 de agosto de 2006.

El Jefe División de Normativa y Doctrina Tributaria,

Juan José Fuentes Bernal.

El Jefe Oficina Jurídica,

Vo. Bo. Camilo Andrés Rodríguez Vargas.
(C. F.)

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